Auto Supremo AS/0076/2017-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0076/2017-A

Fecha: 02-Mar-2017

CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado

Magistrado Relator: Dr. Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo cursante de fs. 102 a 106, interpuesto por Juan Edwin Mercado Claros, en representación legal del Servicio Nacional del Sistema de Reparto – SENASIR, impugnando el Auto de Vista Nº 123/2016 S.S.A. I de 25 de julio de 2016, cursante de fs. 99 a 100, pronunciado por la Sala Social y Administrativa, Contencioso y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del trámite administrativo de reclamación, seguido por Eulogio Apaza Copeticona, contra el SENASIR, la respuesta de fs. 108, el Auto de fs. 109 que concedió el recurso, los antecedentes y
CONSIDERANDO I: Que, el Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975, elevado a rango de Ley Nº 1760 de 28 de febrero de 1997, se aplica en materia laboral, se aplica en la materia, en merito a la facultad remisiva contenida en el art. 633 del Reglamento del Código de Seguridad Social