De la revisión del recurso de fs
II.2.-Análisis del contenido del recurso de casación.-
De la revisión del recurso de fs. 499 a 502, formulado por Santos Santiago Apaza Huchani se desprende que, describiendo la relación de los hechos, entre otras la infracción de los arts. 58, 60, 90, del Código de Procedimiento Civil, toda vez que, en el poder especial Nº 83/2009 de 5-02-2009, no se habría agregado ni incluido la Escritura Pública integra de constitución sociedad de responsabilidad limitada de la Empresa Plástica 2000, similar aspecto habría ocurrido en el poder especial Nº 0207/2011, al margen que no existiría la admisión expresa del apoderado por parte del Juez de la causa y al no haber sido revocado el poder especial, se habría violado los arts. 63 inc. 1) del Código de Procedimiento Civil y art. 809 del Código Civil, peticionando porque se anule obrados hasta el vicio más antiguo, es decir hasta fs. 22, inclusive, por lo que se advierte que el mismo cumple con la exigencia establecida en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
De la revisión del recurso de fs. 499 a 502, formulado por Santos Santiago Apaza Huchani se desprende que, describiendo la relación de los hechos, entre otras la infracción de los arts. 58, 60, 90, del Código de Procedimiento Civil, toda vez que, en el poder especial Nº 83/2009 de 5-02-2009, no se habría agregado ni incluido la Escritura Pública integra de constitución sociedad de responsabilidad limitada de la Empresa Plástica 2000, similar aspecto habría ocurrido en el poder especial Nº 0207/2011, al margen que no existiría la admisión expresa del apoderado por parte del Juez de la causa y al no haber sido revocado el poder especial, se habría violado los arts. 63 inc. 1) del Código de Procedimiento Civil y art. 809 del Código Civil, peticionando porque se anule obrados hasta el vicio más antiguo, es decir hasta fs. 22, inclusive, por lo que se advierte que el mismo cumple con la exigencia establecida en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
- Partes: Santos Santiago Apaza Huchani. c/ Empresa Plástica 2000 SRL
- pago
- Distrito: La Paz
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- De la revisión del recurso de fs
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Debiendo proseguirse con el trámite del recurso
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
