De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
VISTOS: El recurso de casación de fs. 449 a 450 vta., interpuesto por Edwin Delgado Riva contra el Auto de Vista Nº 31/2017 de 18 de enero, cursante de fs. 442 a 443 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial y Familiar Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, en el proceso ordinario sobre Acción de cumplimiento de contrato, reconocimiento de crédito y cobro de suma de dinero seguido por la Empresa IMPORCAST SRL. contra el Consorcio DELGADO-INARC, el Auto de fs. 461 que concedió el recurso, los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 089/2016 de 19 de septiembre cursante de fs. 411 a 419, que declaró Probada en todas sus partes la demanda principal, Probada en parte la demanda reconvencional de fs. 119 a 120 vta., respecto a la excepción perentoria de prescripción del cobro de la nota fiscal de $us. 50.750,00.- e Improbada en relación a las notas fiscales por Bs. 45.000.- y por Bs. 70.000.- sin costas, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por Edwin Delgado Riva, fue resuelto por Auto de Vista Nº 31/2017 de 18 de enero, cursante de fs. 442 a 443 vta., que confirmó totalmente la Sentencia apelada, con costas y costos; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Edwin Delgado Riva, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia Nº 089/2016 de 19 de septiembre cursante de fs. 411 a 419, que declaró Probada en todas sus partes la demanda principal, Probada en parte la demanda reconvencional de fs. 119 a 120 vta., respecto a la excepción perentoria de prescripción del cobro de la nota fiscal de $us. 50.750,00.- e Improbada en relación a las notas fiscales por Bs. 45.000.- y por Bs. 70.000.- sin costas, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma; Resolución de primera instancia que al ser apelada por Edwin Delgado Riva, fue resuelto por Auto de Vista Nº 31/2017 de 18 de enero, cursante de fs. 442 a 443 vta., que confirmó totalmente la Sentencia apelada, con costas y costos; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Edwin Delgado Riva, que es objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Partes: Empresa IMPORCAST SRL. c/ Consorcio DELGADO-INARC
- Proceso: Ordinario sobre cumplimiento de contrato, reconocimiento de crédito y cobro de suma de dinero
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
