Auto Supremo AS/0130/2017-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0130/2017-A

Fecha: 11-Abr-2017

La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia,

CONSIDERANDO II
De los motivos del Recurso de Casación en la Forma
Del examen del recurso, se constata que fue planteado en el plazo legal previsto por el art. 210 del Código Procesal Laboral ante el Tribunal que dictó el Auto de Vista.
Que del memorial de fs. 63 a 65 se advierte que la recurrente plantea Recurso de Casación en el fondo y se puede señalar que el memorial expresa con claridad las leyes acusadas de infringidas, violadas o aplicadas de manera indebida o errónea interpretación, y se especifica en qué consisten estas acusaciones; siendo así, y cumplidos los requisitos exigidos en el art. 274 del NCPC, en el examen efectuado conforme el art. 277.I del mismo cuerpo legal, se determina la admisibilidad del recurso de casación.


POR TANTO
La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución contenida en los arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, y la disposición del 277.I del Código Procesal Civil ADMITE el recurso interpuesto por Zona Franca Comercial e Industrial de Cobija ZOFRA COBIJA