Por disposición expresa de la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, el
Por disposición expresa de la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, el Código Procesal Civil (NCPC), Ley Nº 439, entró en vigencia plena a partir del 6 de febrero de 2016. En mérito a lo analizado y lo previsto en el art. 108 de la Constitución Política del Estado (CPE), en el presente proceso laboral, corresponde realizar el examen de admisibilidad, respecto al recurso de casación de fs. 75 a 77, que fue presentado el 2 de marzo de 2017, conforme lo previsto en el art. 277 del NCPC
