CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del recurso de casación, se tiene evidenciado que fue
CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del recurso de casación, se tiene evidenciado que fue interpuesto por escrito dentro del término establecido por el art. 273 del Código Procesal Civil, dado que fue notificado con el fallo recurrido el 01 de febrero de 2017 (fs. 90) y el recurso fue presentado el 15 de febrero de 2017 (fs. 95 – Timbre electrónico); Así también, cita en términos claros y concretos el Auto de Vista respecto al cual se recurre, identificando al AV de 30 de agosto de 2016, con lo que cumple con la identificación del fallo recurrido, y; expresa con claridad y precisión las leyes o normas que considera fueron infringidas. Por lo señalado se concluye que el recurso cumple las exigencias previstas en el art. 274.I del Código Procesal Civil
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del recurso de casación, se tiene evidenciado que fue
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Por consiguiente pase a secretaria para la prosecución del trámite correspondiente, y espera de turno
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
