Auto Supremo AS/0155/2017-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0155/2017-A

Fecha: 04-May-2017

CONSIDERANDO I

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 155-A
Sucre, 4 de mayo de 2017

Expediente: 155/2017-S
Demandante: Guadalupe Rosio Siles Copa
Demandado : Gobierno Autónomo Departamental de Oruro
Materia: Social (Conversión de contratos)
Distrito: Oruro

VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 131 a 134, interpuesto por Edgar Rafael Bazan Ortega en representación del Gobierno Autónomo Departamental de Oruro, contra el Auto de Vista Nº 13/2017 de 31 de enero de fs. 123 a 129, pronunciado por la Sala Especializada Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro el proceso de conversión de contratos seguido por Guadalupe Rosio Siles Copa contra el Gobierno Autónomo Departamental de Oruro; la respuesta de fs. 144 a 145; el Auto a fs. 146 que concedió el recurso; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.1 Consideraciones Previas
Que, mediante la Ley Nº 719 de 6 de agosto de 2015, se modificó la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 439 de 19 de noviembre de 2013, Código Procesal Civil (NCPC), con el siguiente texto: “PRIMERA. (VIGENCIA PLENA). El presente Código entrará en vigencia plena el 6 de febrero de 2016, y será aplicable a los procesos presentados a partir de la fecha de referencia, salvo lo previsto en las disposiciones siguientes”; ahora, la Disposición Transitoria Sexta de este cuerpo adjetivo civil, establece: “(PROCESOS EN SEGUNDA INSTANCIA Y CASACIÓN). Al momento de la vigencia plena del Código Procesal Civil, en los procesos en trámite en segunda instancia y casación, se aplicará lo dispuesto en el presente Código”; por consiguiente, a partir del 6 de febrero del año 2016, corresponde aplicar a plenitud el Código Procesal Civil, y conforme a la Disposición Transitoria Sexta desarrollada, en los proceso en trámite en esta instancia debe aplicarse dicho procedimiento