POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art. 42.I num. 1) de la Ley Nº 25 del Órgano Judicial y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, ADMITE el recurso de casación de fs. 269 a 274 vta., interpuesto por Bianca Neyda Rodríguez Basualdo contra el Auto de Vista Nº 12/2017 de 24 de enero, cursante de fs. 262 a 265, pronunciado por la Sala Civil Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz
- Partes: Benito Roberto Troche Frontanilla y otra. c/ Bianca Neyda Rodríguez Basualdo y otro
- Proceso: Rescisión de contrato
- Distrito: La Paz
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Apelada dicha Resolución por los demandados se pronuncia el Auto de Vista 12/2017 de 24
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
