Que en materia laboral, conforme al art
CONSIDERANDO I
Consideraciones Previas
Que en materia laboral, conforme al art. 252 del Código Procesal del Trabajo “los aspectos no previstos” en dicha Ley “se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley del Órgano Judicial y del Procedimiento Civil, siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral”
- VISTOS: El Recurso de Casación, interpuesto por Jorge Luis Siles Rojas de fs
- Que en materia laboral, conforme al art
- Bajo tal premisa y toda vez que el Código Procesal del Trabajo no tiene instituido
- Este Tribunal, respetando la referida norma, ingresa a considerar si en la presente causa se
- Del examen del recurso se constata que fue planteado en el plazo legal previsto por
- Que del memorial de fs
- De lo expuesto, examinado el recursos, se determina que expresa las leyes acusadas de infringidas,
- La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase
- Firmado
