Que, con el Auto de Vista AV-SECCESA Nº 48/2017 de 20 de abril, de fs
Que, con el Auto de Vista AV-SECCESA Nº 48/2017 de 20 de abril, de fs. 161 a 164, la empresa ACEROS TESA LTDA., fue notificado el 02 de mayo de 2017, conforme consta a fs. 165, interponiendo el recurso de casación el 12 de mayo del mismo año, conforme consta del timbre electrónico de fs. 166 en el plazo establecido por Ley, para el caso de autos, de conformidad al art. 210 del CPT y art. 90 en sus parágrafos I, II y III del NCPC, aplicable con la permisibilidad establecida en el art. 25 del CPT; lo que conlleva a determinar, que el recurso de casación ha cumplido los requisitos exigidos en el art. 274 del NCPC, examen efectuado conforme el art. 277.I del mismo cuerpo legal, determinándose en consecuencia su admisibilidad
