II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación:
De la revisión del recurso que cursa de fs. 329 a 338 vta., formulado por Eduardo Porcel Arce y Marcelina Vedia Nuñez de Porcel a través de su representante Skarlyn Mariel Palma Verduguez y Cristhel Mireyba Palma Verduguez, se desprende que entre otras, denuncia que en el Auto de Vista recurrido, se habría otorgado más de lo pedido por los demandantes, toda vez que se habría demandado únicamente la división del inmueble objeto de la Litis, sin embargo el Tribunal de alzada habría dispuesto la distribución del producto del remate, sin antes descontarse las mejoras que abrían realizado los demandados en su fracción que daría a la calle San Alberto, mejoras que ascenderían a la suma de Bs. 97.559,34, según informe pericial, por lo que se advierte que el mismo cumple con la exigencia establecida en el art. 274.I num. 3) del Código Procesal Civil
- Partes: Carlos Ramón Dávalos Yoshida y Natividad Rosas Orellana de Dávalos c/ Eduardo Porcel Arce
- Proceso: División y partición
- Distrito: Chuquisaca
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
