CONSIDERANDO I
Demandado: Ministerio de Minería y Metalurgia
VISTOS: La demanda contencioso administrativa seguida por la Cooperativa Minera Unificada Gran Poder Uno Ltda., impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico Nº 11/2015, de 14 de enero, emitida por el Ministerio de Minería y Metalurgia; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
Que es deber de los operadores de justicia garantizar que la tramitación de procesos se desarrolle en el marco de la legalidad, para lo que es preciso evitar vicios de nulidad a futuro, que perjudique a las partes intervinientes en el proceso. En ese sentido, se tiene como obligación principal de quienes ejercen jurisdicción, el análisis de la competencia para el conocimiento y resolución de determinados procesos
VISTOS: La demanda contencioso administrativa seguida por la Cooperativa Minera Unificada Gran Poder Uno Ltda., impugnando la Resolución de Recurso Jerárquico Nº 11/2015, de 14 de enero, emitida por el Ministerio de Minería y Metalurgia; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
Que es deber de los operadores de justicia garantizar que la tramitación de procesos se desarrolle en el marco de la legalidad, para lo que es preciso evitar vicios de nulidad a futuro, que perjudique a las partes intervinientes en el proceso. En ese sentido, se tiene como obligación principal de quienes ejercen jurisdicción, el análisis de la competencia para el conocimiento y resolución de determinados procesos
- Demandante: Cooperativa Minera Unificada Gran Poder Uno Ltda
- CONSIDERANDO I
- Que habiéndose puesto en vigencia la Ley de Minería y Metalurgia N° 535 de 28
- La resolución de esta última agotará el procedimiento administrativo, quedando expedita la vía jurisdiccional contenciosa
- De lo anteriormente expuesto, se tiene que la competencia para el conocimiento de los procesos
- Sin embargo de lo expuesto, a la fecha se debe considerar que se encuentra vigente
- Es decir, que de una interpretación extensiva y favorable de los derechos de los administrados,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
- Firmado
