Que, con el Auto de Vista Nº 26 de 6 de marzo de 2017 de
Que, con el Auto de Vista Nº 26 de 6 de marzo de 2017 de fs. 114 a 115, el representante legal de la Empresa PETROSUR S.R.L, fue notificado el 24 de abril de 2017, conforme consta a fs. 117, interponiendo el recurso de casación en la forma el 5 de mayo del mismo año, conforme consta del timbre electrónico a fs. 118, en el plazo establecido por Ley, para el caso de autos, de conformidad al art. 210 del CPT y art. 90 en sus parágrafos I, II y III del NCPC, aplicable con la permisibilidad establecida en el art. 252 del CPT
- Demandado : Empresa
- CONSIDERANDO I
- En esta materia se tiene una norma adjetiva específica, el Código Procesal del Trabajo (CPT),
- Que, el Recurso De Casación en la forma de fs
- Expresa con claridad y precisión, la ley o leyes infringidas o violadas, aplicadas indebidamente o
- Que, con el Auto de Vista Nº 26 de 6 de marzo de 2017 de
- Por consiguiente, cumplidos los requisitos establecidos para la admisibilidad del recurso, procédase a la admisión
- La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con
- Firmado
