POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm
En el caso concreto, el recurso de Casación en el fondo, de fs. 137 a 142, interpuesto por el representante de SENASIR, contra el Auto de Vista Nº 175/2016, de 5 de octubre, de fs. 134 a 135, si cumple los requisitos mínimos de admisibilidad, previstos en el art. 174.I del NCPC
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Adm., Social y Administrativa Primera de este Tribunal Supremo de Justicia, lo previsto en el art. 277 del NCPC, se dispone la ADMISIÓN del Recurso de Casación cursante de fs. 137 a 142, correspondiendo la prosecución de la causa y espera de turno para sorteo
