Auto Supremo AS/0302/2017-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0302/2017-A

Fecha: 20-Jul-2017

El Código Procesal Civil (NCPC), Ley N° 439/2013 (aplicable de forma supletoria en materia social

Departamento: Santa Cruz

VISTOS: El Recurso de Casación interpuesto por Profesores Asociados SRL, legalmente representado por Maximiliano Isidoro Frydman Schulz (fs. 77 a 78), impugnando el Auto de Vista N° 90/2017 de 12 de abril (fs.71), pronunciado por la Sala Social, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa Primera, del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso por Beneficios Sociales seguido en su contra por Mary Elizabeth Abugoch Talamás, la contestación de fs. 90, el Auto de fs. 91 que concede el mismo, y;
CONSIDERANDO I: (Consideraciones Previas)
El Código Procesal Civil (NCPC), Ley N° 439/2013 (aplicable de forma supletoria en materia social por previsión del Art. 252 del Código Procesal Laboral), en el art. 277 num. I) prevé que el Tribunal Supremo de Justicia, recibidos obrados del Recurso de Casación, examinará si se cumplieron los requisitos de forma previstos por el Art. 274, de no ser así lo declarará improcedente, en cuyo caso, se tendrá por ejecutoriada la resolución recurrida; si se admitiere, en el término de 48 horas, pasará para sorteo de Magistrado