Auto Supremo AS/0077/2017
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0077/2017

Fecha: 02-Ago-2017

POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia


POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia de conformidad al art. 507 del Código de Procesal Civil y art. 38 núm. 8 de la Ley del Órgano Judicial (Ley Nº 025 de 24 de junio del 2010), HOMOLOGA la Sentencia de Divorcio pronunciada por el Juzgado de Instrucción de Francfort en Meno (Alemania) de fecha 18 de agosto de 2011, que traducida del idioma alemán al español, cursa de fs. 10 a 19, y dispone en cumplimiento al art. 507. IV del Código Procesal Civil, su ejecución por el Juez de Partido de Familia de Turno de la Ciudad de La Paz, quien dispondrá la cancelación del matrimonio de fecha 1 de noviembre de 1996, realizado ante la Oficialía de Registro Civil Nº 9, Libro Nº 2-96, Partida Nº 51 del Departamento de La Paz provincia Murillo. Líbrese la respectiva provisión ejecutoria