POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia de conformidad al art. 507 del Código de Procesal Civil y art. 38 núm. 8 de la Ley del Órgano Judicial (Ley Nº 025 de 24 de junio del 2010), HOMOLOGA la Sentencia de Divorcio pronunciada por el Juzgado de Instrucción de Francfort en Meno (Alemania) de fecha 18 de agosto de 2011, que traducida del idioma alemán al español, cursa de fs. 10 a 19, y dispone en cumplimiento al art. 507. IV del Código Procesal Civil, su ejecución por el Juez de Partido de Familia de Turno de la Ciudad de La Paz, quien dispondrá la cancelación del matrimonio de fecha 1 de noviembre de 1996, realizado ante la Oficialía de Registro Civil Nº 9, Libro Nº 2-96, Partida Nº 51 del Departamento de La Paz provincia Murillo. Líbrese la respectiva provisión ejecutoria
- AUTO SUPREMO: 77/2017
- EXPEDIENTE Nº:44/2016
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano
- VISTOS EN SALA PLENA: La solicitud de Homologación de Sentencia de Divorcio pronunciada por Juzgado
- CONSIDERANDO I: Que Denis Alberto Angulo Velarde por memorial de fs
- Que admitida la solicitud de Homologación de Sentencia de Divorcio y al desconocerse el domicilio
- Asimismo, se apersona en representación de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia la abogada
- CONSIDERANDO II: Que entre la República Federal de Alemania y el Estado Plurinacional de Bolivia,
- Que de la revisión del cumplimiento de los requisitos dispuestos en el art
- La sentencia y documentación anexa se encuentren debidamente legalizadas conforme a la legislación boliviana (fs
- La Sentencia de Divorcio pronunciada por el Juzgado de Instrucción de Francfort en Meno
- Con relación a la citación se tiene que en el Juzgado de Instrucción de
- En consecuencia la sentencia al no ser contraria al orden público internacional y cumplir con
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia
- No suscribe la Magistrada Maritza Suntura Juaniquina por encontrarse en comisión de viaje oficial
- Regístrese notifíquese y cúmplase
- Sala Plena
