Auto Supremo AS/0349/2017-A
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0349/2017-A

Fecha: 11-Ago-2017

VISTOS: La Constitución Política del Estado, el Código Procesal del Trabajo, el Código Procesal Civil,

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo N° 349-A
Sucre, 11 de agosto de 2017

Expediente: 349/2017-Or
Demandante: Roger Jorge Mendoza Mora
Demandado: Empresa Constructora Peñaranda
Distrito: Oruro
Materia: Beneficios Sociales

VISTOS: La Constitución Política del Estado, el Código Procesal del Trabajo, el Código Procesal Civil, demás antecedentes y:
CONSIDERANDO I. Teniendo presente la generalidad con la cual se regulo el Recurso De Nulidad O Casación, en el Código Procesal del Trabajo (CPT), a tiempo de efectivizar la tramitación del mismo, es pertinente y necesario acudir al principio de supletoriedad excepcional, previsto en el art. 252 del mismo CPT que dispone: "Los aspectos no previstos en la presente Ley, se regirán excepcionalmente por las disposiciones de la Ley de Organización Judicial y del Procedimiento Civil y siempre que no signifiquen violación de los principios generales del Derecho Procesal Laboral”