De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
VISTOS: El recurso de casación de fs. 392 a 395 vta., interpuesto por Juan Flores Martínez y el recurso de casación de fs. 401 a 403 vta., formulado por Freddy Serapio Romero Miranda contra el Auto de Vista Nº 40/2017 de 15 de marzo, cursante de fs. 380 a 385, pronunciado por la Sala Primera Civil Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia y Violencia Intrafamiliar o Doméstica Pública del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, en el proceso sobre reivindicación seguido por Gobierno Autónomo Municipal de Tarija contra Freddy Serapio Romero Miranda y Juan Flores Martínez, el Auto de fs. 415, que concede ambos recursos, los antecedentes del proceso; y:
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO:
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Que, tramitada la causa de referencia, mereció la Sentencia de fecha 29 de agosto de 2016, cursante de fs. 355 a 360, que declaró probada parcialmente la demanda, con las disposiciones contenidas en la parte resolutiva de la misma, asimismo declaró improbada la demanda reconvencional, de usucapión de fs. 43 a 44, subsanada a fs. 89 y vta. así como la demanda de nulidad de documentos y plano de fs. 52 a 56, subsanada a fs. 79 vta., fs. 97 y vta., y de fs. 105 a 106 y a fs. 112 y va.; Resolución de primera instancia que al ser apelada por los demandados, fue resuelto por Auto de Vista Nº 40/2017 de 15 de marzo, cursante de fs. 380 a 385, que confirmó la Sentencia apelada; fallo de segunda instancia que fue recurrido de casación por Juan Flores Martínez y Freddy Serapio Romero Miranda, que son objeto de análisis de los requisitos de admisibilidad
- Miranda y Juan
- Proceso: Reivindicación
- Distrito: Tarija
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Conforme a lo previsto en el art
- II.2.- También corresponde analizar el contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
