IV. La aclaración, enmienda o complementación no podrá alterar lo sustancial de la decisión principal
IV. La aclaración, enmienda o complementación no podrá alterar lo sustancial de la decisión principal
- Demandado: Banco Unión S.A
- VISTOS: La solicitud de aclaración y complementación de la Sentencia Nº 72 de 15 de
- Solicitando se aclare y complemente en cu8anto a que no se habría emitido criterio respecto
- Al respecto, el art
- II
- III
- IV. La aclaración, enmienda o complementación no podrá alterar lo sustancial de la decisión principal
- V
- Así, en relación al memorial de solicitud de aclaración y complementación presentada por Pablo Rivera
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
