POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
Por lo anotado, se concluye que el recurso cumple las exigencias previstas en el art. 274.I del NCPC.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 277-I del Código Procesal Civil ADMITE el Recurso de Casación interpuesto de fs. 173 a 174 y 176 de obrados
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la atribución conferida en el art. 277-I del Código Procesal Civil ADMITE el Recurso de Casación interpuesto de fs. 173 a 174 y 176 de obrados
- VISTOS: El Recurso de Casación, interpuesto por Cynthia Verónica Rada Barreda (fs
- CONSIDERANDO Que por disposición del art
- Que, del examen del recurso se constata que fue planteado en el plazo legal previsto
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Por secretaria procédase con el sorteo correspondiente de acuerdo al turno respectivo
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
