Que, de la revisión del Recurso de Casación cursante de fs
CONSIDERANDO: (Análisis de Admisibilidad del Recurso)
Que, de la revisión del Recurso de Casación cursante de fs. 220 a 224, se evidencia que el mismo fue interpuesto por escrito dentro del término establecido por el art. 273 del NCPC, dado que la parte recurrente fue notificada con el fallo recurrido el 12 de junio de 2017 (fs. 214) y el recurso fue presentado el 22 del mismo mes conforme a cargo de recepción de fs. 224
Que, de la revisión del Recurso de Casación cursante de fs. 220 a 224, se evidencia que el mismo fue interpuesto por escrito dentro del término establecido por el art. 273 del NCPC, dado que la parte recurrente fue notificada con el fallo recurrido el 12 de junio de 2017 (fs. 214) y el recurso fue presentado el 22 del mismo mes conforme a cargo de recepción de fs. 224
