En mérito a lo analizado, estando plenamente vigente el Código Procesal Civil, Ley 439, lo
En mérito a lo analizado, estando plenamente vigente el Código Procesal Civil, Ley 439, lo previsto en el art. 108 de la Constitución Política del Estado (CPE), en el presente proceso laboral, corresponde realizar el examen de admisibilidad, respecto al Recurso de Casación de fs. 1170 a 1180, que fue presentado el 21 de agosto de 2017, conforme lo previsto en el art. 277 del NCPC
