Auto Supremo AS/0002/2018-T
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0002/2018-T

Fecha: 05-Ene-2018

CONSIDERANDO I: Que notificada la parte demandante a fs

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo Nº 02
Sucre, 5 de enero de 2018

Expediente: 340/2016
Demandante: Simona Vela
Demandado: Restaurant Bizantino
Materia : Social
Magistrado Tramitador: Dr. Esteban Miranda Terán

VISTOS: La solicitud de aclaración, complementación y enmienda presentada por el Restaurante Bizantino a través de Fernando Serrano Reyes en su condición de administrador, respecto al Auto Supremo Nº 226/2017 de 11 de agosto de 2017, dictada en el proceso por Beneficios Sociales seguido por Simona Vela contra el Restaurante Bizantino y el informe del Magistrado relator MSc. Jorge Isaac von Borries Méndez;
CONSIDERANDO I: Que notificada la parte demandante a fs. 168 con el Auto Supremo Nº 226/2017 de 11 de agosto de 2017, en el plazo previsto por el art. 226-III del Código Procesal Civil, solicita aclaración, enmienda y complementación, argumentando lo siguiente: 1) Que, el Auto Supremo sólo expuso y desarrolló del Recurso de Casación en el Fondo, el error de hecho y no el error de derecho y violación, ni la interpretación errónea y aplicación indebida de los preceptos legales, en consecuencia correspondería aclarar y complementar aquello. 2) Que, en el renglón quinto del párrafo tercero del punto concerniente sobre el cuarto, quinto y sexto motivo del Recurso de Casación en el Fondo, hacen alusión “trabajo del demandante”, vale decir, como si la actora fuera masculino, pero en realidad es femenino, debiendo enmendar tal error. 3) Se debe aclarar y complementar, si por un lado la declaración testifical de una sola testigo puede crear convicción de los hechos en el juzgador y por otro lado de la revisión detenida del art. 1286 del Código Civil, no se encuentra que éste precepto legal, prohíba la valoración de prueba como el Tribunal de Casación lo sostiene