POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, y Social Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, y Social Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, en mérito a los fundamentos expuesto y de conformidad a los arts. 276 y 196.2) del CPC, se ADMITE la solicitud de enmienda realizada y en consecuencia rectificando el error involuntario, se corrige la parte dispositiva de la Sentencia que señala: “revoca parcialmente la Resolución del Recurso Jerárquico AGIT-RJ 098/2015, de 1 de junio” por estar acreditada la existencia de un lapsus calami en la redacción; en su lugar se consigna: “revoca parcialmente la Resolución del Recurso Jerárquico AGIT-RJ 0981/2015, de 1 de junio”, por ser éste el tenor dispositivo correcto, debiendo permanecer incólume el resto de la resolución judicial
- VISTOS: La solicitud de enmienda de la Sentencia Nº 129 de 3 de octubre de
- Ahora bien, de la revisión de antecedentes, se evidencia que la demanda Contenciosa Administrativa pretendió
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, y Social Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
