Los demandantes Franz David Alave Torrez y Walter Medrano Fernández, por memorial de fs
Demandada: Autoridad General de Impugnación Tributaria
Magistrado Tramitador: María Cristina Díaz sosa
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por Franz David Alave Torrez y Walter Medrano Fernández contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, por la que impugna la Resolución Ministerial Nº 938 de 9 de noviembre de 2016;
I.- ANTECEDENTES PROCESALES:
Los demandantes Franz David Alave Torrez y Walter Medrano Fernández, por memorial de fs. 178, señalan que al haber tomado conocimiento que la Empresa PLATINO LTDA., se acogió a la Ley Nº 1105 de 28 de septiembre de 2018 de Regularización en el pago de deudas y multas de dominio nacional, desisten de la demanda contenciosa administrativa que originó el presente proceso, solicitando se acepte en forma pura y simple sin alguna otra formalidad y disponer el archivo de obrados
Magistrado Tramitador: María Cristina Díaz sosa
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por Franz David Alave Torrez y Walter Medrano Fernández contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, por la que impugna la Resolución Ministerial Nº 938 de 9 de noviembre de 2016;
I.- ANTECEDENTES PROCESALES:
Los demandantes Franz David Alave Torrez y Walter Medrano Fernández, por memorial de fs. 178, señalan que al haber tomado conocimiento que la Empresa PLATINO LTDA., se acogió a la Ley Nº 1105 de 28 de septiembre de 2018 de Regularización en el pago de deudas y multas de dominio nacional, desisten de la demanda contenciosa administrativa que originó el presente proceso, solicitando se acepte en forma pura y simple sin alguna otra formalidad y disponer el archivo de obrados
- Demandante: Franz David Alave Torrez y Walter Medrano F
- Los demandantes Franz David Alave Torrez y Walter Medrano Fernández, por memorial de fs
- II.- FUNDAMENTACIÓN DEL CASO
- Cuando se presente esta modalidad de desistimiento, es evidente que no se requiere el consentimiento
- Verificando los antecedentes del proceso, se advierte que en el caso presente, quien presentó el
- Por consiguiente, encontrando que lo solicitado es procedente, al advertirse que no se trata de
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y archívese.
