Presentada la demanda cursante de fs
VISTOS: El recurso de casación de fs. 467 a 468 vta., interpuesto por Fátimo Oscar Antonio Barrón Montes y Carola López de Barrón contra el Auto de Vista Nº 209/2017 de fecha 07 de noviembre, cursante de fs. 448 a 450 vta., pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Doméstica y Pública Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, en el proceso de devolución de dinero y otros, seguido por los recurrentes contra Luis Gabriel Azurduy Carranza y otra, la concesión de fs. 474, y todo lo inherente;
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
Presentada la demanda cursante de fs. 245 a 246, es rechazada por el Juez de primera instancia mediante Auto cursante de fs. 247 vta., estableciendo que puedan ser subsanadas las observaciones en el plazo de tres días conforme el art. 333 del Código de Procedimiento Civil, subsanada la misma la demanda es admitida mediante Auto cursante de fs. 253, que posteriormente fue observada por la parte demandada por memorial de fs. 266 a 267, incidente que fue rechazado mediante Auto de fecha 04 de noviembre de 2014 cursante de fs. 267 vta., mismo que es recurrido de reposición bajo alternativa de apelación, mereciendo el Auto confirmatorio de fecha 11 de noviembre de 2014, que difiere la apelación alternada; posteriormente el Juez Público Civil y Comercial Quinto de la capital, pronunció Sentencia Nº 29/2016 de 09 de marzo, cursante de fs. 399 a 400 vta., que declara PROBADA PARCIALMENTE la demanda de devolución de dinero y pago de daños y perjuicios e IMPROBADA la demanda reconvencional
- Partes: Fátimo Oscar Antonio Barrón Montes y otra. c/ Luis Gabriel Azurduy Carranza y otra
- Proceso: Devolución de dinero y otros
- Distrito: Santa Cruz
- Presentada la demanda cursante de fs
- Conforme a lo previsto en el art
- 1) Acusa que el Tribunal de Segunda instancia emitió su resolución desconociendo que los días
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
