Regístrese, hágase saber y cúmplase
En ese sentido, se establece que el recurrente en el único motivo traído en casación, denuncia que el Tribunal de alzada confirmó la Sentencia apelada sin considerar la errónea calificación jurídica del tipo penal endilgado –primer párrafo del art. 271 del CP-, contraviniendo la doctrina legal aplicable contenida en el Auto Supremo 97/2005 de 1 de abril, el cual establece que el hecho imprudente atribuido al imputado no puede ser subsumido al delito de Lesiones Gravísimas por ser éste esencialmente doloso; en consecuencia, estando identificado el precedente y precisada la contradicción con la Resolución impugnada, resulta atendible y por ende viable el análisis de fondo del presente motivo.
Se deja constancia que para el análisis de fondo no se tomarán en cuenta los Autos Supremos 593 de 26 de noviembre de 2003 y 446/2003 de 19 de agosto, en virtud a que únicamente fueron citados para enfatizar el alcance de la Resolución de apelación, sin precisar fundadamente cuál la contradicción de ambos precedentes con el Auto de Vista recurrido en casación.
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación Eddy Wendel Funes Felipes, de fs. 111 a 113 vta.; asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, se dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas, el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.
Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Por memorial presentado el 22 de febrero de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes remitidos en casación, se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Eddy Wendel Funes Felipes (fs
- Por diligencia de 15 de febrero de 2018 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
