TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo No 330
Sucre, 9 de julio de 2018
Expediente: 139/2018
Demandante: Rosse Mary Mabel Flores Muñoz
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria
Proceso: Contencioso Administrativo
Magistrado Tramitador: María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por Rosse Mary Mabel Flores Muñoz contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO: Que la demanda contencioso administrativa fue observada por decreto de 1 de junio de 2018 (fs. 119), disponiendo que con carácter previo a considerar la demanda, la impetrante adjunte original o copia legalizada de la notificación con la Resolución de recurso Jerárquico Nº 0379/2018 de 26 de febrero; además de identificar al tercero interesado a efectos de su citación, con expreso señalamiento de su, concediéndole a tal efecto el plazo de diez días hábiles, computables a partir de su legal citación, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda.
Conforme la diligencia de notificación de fs. 120 de obrados, la parte actora fue notificada con el referido decreto de fs. 119, el 13 de junio de 2018, sin que hasta la fecha diera cumplimiento a la observación realizada, correspondiendo en aplicar la sanción prevista en el art. 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, tiene como NO PRESENTADA LA DEMANDA interpuesta por Rosse Mary Mabel Flores Muñoz contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, en consecuencia se dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original acompañada, debiendo quedar en su lugar fotocopias legalizadas.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo No 330
Sucre, 9 de julio de 2018
Expediente: 139/2018
Demandante: Rosse Mary Mabel Flores Muñoz
Demandado: Autoridad General de Impugnación Tributaria
Proceso: Contencioso Administrativo
Magistrado Tramitador: María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por Rosse Mary Mabel Flores Muñoz contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO: Que la demanda contencioso administrativa fue observada por decreto de 1 de junio de 2018 (fs. 119), disponiendo que con carácter previo a considerar la demanda, la impetrante adjunte original o copia legalizada de la notificación con la Resolución de recurso Jerárquico Nº 0379/2018 de 26 de febrero; además de identificar al tercero interesado a efectos de su citación, con expreso señalamiento de su, concediéndole a tal efecto el plazo de diez días hábiles, computables a partir de su legal citación, bajo apercibimiento de tenerse por no presentada la demanda.
Conforme la diligencia de notificación de fs. 120 de obrados, la parte actora fue notificada con el referido decreto de fs. 119, el 13 de junio de 2018, sin que hasta la fecha diera cumplimiento a la observación realizada, correspondiendo en aplicar la sanción prevista en el art. 333 del Código de Procedimiento Civil.
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, tiene como NO PRESENTADA LA DEMANDA interpuesta por Rosse Mary Mabel Flores Muñoz contra la Autoridad General de Impugnación Tributaria, en consecuencia se dispone el archivo de obrados, previo desglose de la documentación original acompañada, debiendo quedar en su lugar fotocopias legalizadas.
Regístrese, notifíquese y cúmplase.