Auto Supremo AS/0564/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0564/2018-RA

Fecha: 24-Jul-2018

Regístrese, hágase saber y cúmplase


Sin embargo, es evidente que este Tribunal ha previsto los presupuestos de flexibilización para la apertura excepcional de su competencia, ante la denuncia de vulneración de derechos; es por ello, que acudiendo a los ya explicados en el acápite anterior de esta resolución, se establece que la parte impetrante precisa en su recurso el hecho generador que viola sus derechos fundamentales (falta de fundamentación a tiempo de resolver los agravios de alzada sustentados en la existencia de los defectos de sentencia previstos por los incs. 5) y 6) del art. 370 del CPP), alegando violación de sus derechos o garantías constitucionales (Derecho a la defensa, debido proceso y tutela judicial efectiva), causándole como resultado dañoso, el desconocimiento de las razones para declarar la improcedencia de las circunstancias planteadas. Consiguientemente, ante el análisis de la problemática planteada y ante el cumplimiento de presupuestos de flexibilización, se apertura la posibilidad de la atención del motivo de casación planteado de forma extraordinaria.

POR TANTO

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por Richard Henry Ortega Mondaca, de fs. 118 a 122 vta. Asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.

Regístrese, hágase saber y cúmplase