En conocimiento del señalado Auto de Vista, ZOFRA COBIJA, formuló recurso de casación en el
II. ARGUMENTOS DEL RECURSOS DE CASACIÓN:
En conocimiento del señalado Auto de Vista, ZOFRA COBIJA, formuló recurso de casación en el fondo, de fs. 111 a 113, señalando lo siguiente:
De la naturaleza institucional de ZOFRA COBIJA, establecido en el art. 42 D.S. 25933 de 10 de octubre de 2000, modificado por el art. 2 del D.S. 29744 de 15 de octubre de 2008, se puede comprender que esta entidad, se encuentra bajo el régimen de la Ley del Estatuto del Funcionario Público Nº 2027 (LEFP), no así bajo el régimen de las normas laborales
En conocimiento del señalado Auto de Vista, ZOFRA COBIJA, formuló recurso de casación en el fondo, de fs. 111 a 113, señalando lo siguiente:
De la naturaleza institucional de ZOFRA COBIJA, establecido en el art. 42 D.S. 25933 de 10 de octubre de 2000, modificado por el art. 2 del D.S. 29744 de 15 de octubre de 2008, se puede comprender que esta entidad, se encuentra bajo el régimen de la Ley del Estatuto del Funcionario Público Nº 2027 (LEFP), no así bajo el régimen de las normas laborales
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de subsidio de frontera y otros derechos laborales por
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, ZOFRA COBIJA por medio de su Directora General Ejecutiva Tatiana
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, ZOFRA COBIJA, formuló recurso de casación en el
- El demandante fue contratado mediante un contrato de prestación de servicios de personal eventual, como
- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación en el fondo, solicita, se case el Auto de Vista
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación en el fondo, es necesario realizar las
- Ahora, esta normativa que otorga este derecho adquirido, no hace distinción respecto a la condición
- En relación al art
- A lo manifestado, se complementa lo previsto en el art
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
