Se hacer constar, además que corresponde que se acepte el desistimiento, sin cumplir las formalidades
Se hacer constar, además que corresponde que se acepte el desistimiento, sin cumplir las formalidades exigidas por el art. 241-II del Código Procesal Civil, en consideración a que en el presente proceso no se puede sancionar con costas a las partes, conforme a lo determinado por el art. 39 de la Ley N ° 1173 y art. 52 de su Decreto Reglamentario Nº 23215
- VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por Javier Antonio Marinaro Moscoso contra la Autoridad General
- II.- FUNDAMENTACIÓN DEL CASO
- Verificando los antecedentes del proceso, se establece que, en el caso presente, quien presentó el
- Se hacer constar, además que corresponde que se acepte el desistimiento, sin cumplir las formalidades
- Por consiguiente, encontrando que lo solicitado es procedente, corresponde al Tribunal Supremo de Justicia, aprobar
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Al Otrosí
- Regístrese, notifíquese y archívese.
