De la documental adjunta a la demanda, se evidencia que a partir de la notificación
De la documental adjunta a la demanda, se evidencia que a partir de la notificación con la Resolución de Recurso Jerárquico AGIT-RJ 2232/2018 de 29 de octubre, practicada el 6 de noviembre de 2018 (fs. 1), hasta la fecha de presentación de la demanda contenciosa administrativa, el 27 de febrero de 2019 (fs. 20), han transcurrido superabundantemente los 90 (noventa) días, 113 (ciento trece) días para ser exactos, concluyéndose que su presentación se efectuó fuera del plazo previsto por el art. 780 del CPC-1975, situación que imposibilita a éste Tribunal, admitir la presente demanda contenciosa administrativa
- CONSIDERANDO I: El proceso contencioso administrativo, constituye una garantía formal que beneficia al sujeto administrado,
- El art
- Por su parte, el art
- A efectos del inicio del cómputo de dicho plazo, se considera la fecha de comunicación
- CONSIDERANDO II: La demanda contenciosa administrativa en análisis de admisibilidad, refiere que impugna la Resolución
- De la documental adjunta a la demanda, se evidencia que a partir de la notificación
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Al Otrosí 1 y 2.- Estése a la presente resolución
- Al Otrosí 4
- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
