I.1.1 Sentencia
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 99/2019
Sucre, 8 de abril de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-PDO.471/2017
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 63 a 65 vta., interpuesto por Sandro Chambi Gómez, apoderado del Gobierno Autónomo Departamental de Pando, contra el Auto de Vista Nº 366/17 de 14 de agosto de 2017 de fs. 58 a 60, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, Niña Niño y Adolescente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso laboral seguido por Adán Félix Espejo Mamani, contra la institución demandada, el auto de fs. 68 vta., que concedió el recurso, el Auto Nº 471/2017-A de fs. 82 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia:
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad de la ciudad de Cobija-Pando, emitió la Sentencia Nº 271 017 de 16 de junio de 2017 de fs. 39 a 40 vta., declarando probada la demanda de fs. 5, e improbada la excepción de pago, sin costas, disponiendo que la institución demandada cancele a favor del actor, la suma de Bs.10.956 por concepto subsidio de frontera y 10 meses de salario
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 99/2019
Sucre, 8 de abril de 2019
Expediente: SC-CA.SAII-PDO.471/2017
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 63 a 65 vta., interpuesto por Sandro Chambi Gómez, apoderado del Gobierno Autónomo Departamental de Pando, contra el Auto de Vista Nº 366/17 de 14 de agosto de 2017 de fs. 58 a 60, pronunciado por la Sala Civil, Familiar, Social, Niña Niño y Adolescente del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso laboral seguido por Adán Félix Espejo Mamani, contra la institución demandada, el auto de fs. 68 vta., que concedió el recurso, el Auto Nº 471/2017-A de fs. 82 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia:
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad de la ciudad de Cobija-Pando, emitió la Sentencia Nº 271 017 de 16 de junio de 2017 de fs. 39 a 40 vta., declarando probada la demanda de fs. 5, e improbada la excepción de pago, sin costas, disponiendo que la institución demandada cancele a favor del actor, la suma de Bs.10.956 por concepto subsidio de frontera y 10 meses de salario
- I.1.1 Sentencia
- En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo de fs
- Respecto al subsidio de frontera, sostuvo que no le corresponde porque el actor, fue contratado
- En este sentido citó lo previsto en los arts
- En ese sentido, el Gobierno Autónomo Departamental de Pando, estando bajo la Ley Nº 031
- Por tal motivo, acusó que, el tribunal de alzada en el auto de vista recurrido,
- Denunció falta de fundamentación y motivación del auto de vista recurrido, citando al respecto lo
- CONSIDERANDO II: Que, así planteado el recurso de casación, ingresando a su análisis en relación
- En cuanto a los aspectos de forma, sobre la falta de fundamentación y motivación del
- En cuanto al recurso de casación en el fondo, mediante el cual la parte recurrente
- Sobre el tema, como se podrá advertir, la entidad demandada pretende desconocer este derecho por
- En este entendido, al haberse evidenciado que el actor trabajó como funcionario dependiente del Gobierno
- Consiguientemente y en merito a lo expuesto, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
