VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por Depósitos Aduaneros Bolivianos contra la Aduana Nacional de
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo No 61-CA
Sucre, 24 de mayo de 2019
Expediente: 223/2017-CA
Demandante: Depósitos Aduaneros Bolivianos
Demandado: Aduana Nacional de Bolivia
Proceso: Contencioso Administrativo.
Magistrado Tramitador: María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por Depósitos Aduaneros Bolivianos contra la Aduana Nacional de Bolivia, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO: Que, efectuada la revisión del cuaderno procesal, se evidencia que, en el decreto de admisión de demanda de fs. 16, se dispuso que con el objeto de precautelar el derecho a la defensa, la parte actora indique las generales del tercero interesado, a efecto de evitar posibles nulidades. Ante su incumplimiento, por decreto de fs. 46 y 51 de obrados, se conminó al demandante, para que cumpla con lo dispuesto en el decreto de fs. 16, bajo conminatoria de ley y advertencia de que si continuaba su renuencia, se procedería a decretar lo que corresponda en procedimiento
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADM., SOCIAL Y ADM. PRIMERA
Auto Supremo No 61-CA
Sucre, 24 de mayo de 2019
Expediente: 223/2017-CA
Demandante: Depósitos Aduaneros Bolivianos
Demandado: Aduana Nacional de Bolivia
Proceso: Contencioso Administrativo.
Magistrado Tramitador: María Cristina Díaz Sosa
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por Depósitos Aduaneros Bolivianos contra la Aduana Nacional de Bolivia, los antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO: Que, efectuada la revisión del cuaderno procesal, se evidencia que, en el decreto de admisión de demanda de fs. 16, se dispuso que con el objeto de precautelar el derecho a la defensa, la parte actora indique las generales del tercero interesado, a efecto de evitar posibles nulidades. Ante su incumplimiento, por decreto de fs. 46 y 51 de obrados, se conminó al demandante, para que cumpla con lo dispuesto en el decreto de fs. 16, bajo conminatoria de ley y advertencia de que si continuaba su renuencia, se procedería a decretar lo que corresponda en procedimiento
- VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por Depósitos Aduaneros Bolivianos contra la Aduana Nacional de
- Las diligencias de notificación de fs
- En el caso presente, se advierte que existe manifiesta inactividad de la parte actora desde
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Regístrese, Notifíquese y Archívese.
