VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por la Cooperativa de Servicios Pampa de la
Demandado:Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda
Proceso: Contencioso Administrativo.
Magistrado Tramitador: Esteban Miranda Terán
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por la Cooperativa de Servicios Pampa de la Isla Ltda. COOPAPPI LTDA. contra el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO: Que la demanda contencioso administrativa fue observada por decreto de 25 de abril de 2019 (fs. 101), disponiendo que previo a considerar la demanda, la Cooperativa demandante, adjunte original o copia legalizada de la documentación que acredite su constitución y personalidad jurídica; de la notificación de la Resolución Ministerial impugnada; asimismo, cumplir con los numerales 5, 6 y 7 del art. 327 del Cód. Pdto. Civ. (1975), otorgándosele el plazo de 10 días hábiles, bajo conminatoria de tenerse por no presentada la demanda en aplicación del art. 333 del Código de Procedimiento Civil (1975)
Proceso: Contencioso Administrativo.
Magistrado Tramitador: Esteban Miranda Terán
VISTOS: La demanda contenciosa administrativa interpuesta por la Cooperativa de Servicios Pampa de la Isla Ltda. COOPAPPI LTDA. contra el Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, antecedentes del proceso y:
CONSIDERANDO: Que la demanda contencioso administrativa fue observada por decreto de 25 de abril de 2019 (fs. 101), disponiendo que previo a considerar la demanda, la Cooperativa demandante, adjunte original o copia legalizada de la documentación que acredite su constitución y personalidad jurídica; de la notificación de la Resolución Ministerial impugnada; asimismo, cumplir con los numerales 5, 6 y 7 del art. 327 del Cód. Pdto. Civ. (1975), otorgándosele el plazo de 10 días hábiles, bajo conminatoria de tenerse por no presentada la demanda en aplicación del art. 333 del Código de Procedimiento Civil (1975)
