Auto Supremo AS/0109/2019-CA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0109/2019-CA

Fecha: 24-Jul-2019

II.- FUNDAMENTOS DEL CASO CONCRETO

II.- FUNDAMENTOS DEL CASO CONCRETO:
Dentro el análisis del presente caso es necesario advertir que el art. 778 del Código de Procedimiento Civil (CPC-1975), determina: ”El proceso contencioso administrativo procederá en los casos en que hubiere oposición entre el interés público y el privado y cuando la persona que creyere lesionado o perjudicado su derecho privado, hubiere ocurrido previamente ante el Poder Ejecutivo reclamando expresamente el del acto administrativo y agotando ante ese Poder todos los recursos de revisión, modificación o revocatoria de la resolución que le hubiere afectado.”
En consecuencia, para la interposición del proceso contencioso administrativo debe existir oposición entre el interés público y el privado, debiendo la persona que cree lesionado su derecho haya agotado los recursos de impugnación ante el Órgano Ejecutivo reclamando expresamente el acto administrativo y las afectaciones que le produce