En cuanto a los argumentos traídos en casación, se tiene que el recurrente denuncia que
En cuanto a los argumentos traídos en casación, se tiene que el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en falta de fundamentación en la resolución del defecto de Sentencia contenido en el inc. 6) del art. 370 del CPP acusado en apelación restringida, verificándose el contenido del motivo expuesto, que si bien el recurrente además de rememorar los precedentes invocados en su apelación restringida, señala como contradictorios los Autos Supremos 52/2012 y 192/2016 de 14 de marzo, a tiempo de señalar que éstos son concordantes con la jurisprudencia constitucional referida a la protección tutelar del debido proceso, se limita a la simple cita de los mismos, sin cumplir con la carga procesal de establecer fundadamente cuál la contradicción con el Auto de Vista recurrido, razón por la cual se deja expresa constancia, que no serán tomados en cuenta para el análisis de fondo del presente motivo, ante la inobservancia de las exigencias previstas en el art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 29 de abril de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Ernesto Melendres Uribe (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- En el presente caso se establece que el recurrente cumplió con el requisito relativo al
- En cuanto a los argumentos traídos en casación, se tiene que el recurrente denuncia que
- Sin embargo, se advierte que a tiempo de precisar la vulneración de su derecho al
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
