3. De la legitimación procesal
De la revisión de antecedentes se tiene que, el recurrente cumplió con el requisito del plazo para la interposición del recurso de casación; habida cuenta que siendo notificado el 12 de julio del 2019 presentó recurso de casación de fs. 457 a 459 el 26 de julio del año que transcurre tal cual se evidencia en el timbre electrónico cursante a fs. 457; es decir, en vigencia del plazo de diez días señalado por el art. 273 del Código Procesal Civil.
3. De la legitimación procesal
3. De la legitimación procesal
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- 3
- CONSIDERANDO II
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- De la revisión del recurso de casación de fs
- 1
- Peticionando en definitiva casar el Auto de Vista y revocar la sentencia
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
