El recurrente, denuncia que el Auto de Vista al declarar la inadmisibilidad del recurso de
El recurrente, denuncia que el Auto de Vista al declarar la inadmisibilidad del recurso de apelación restringida, incurrió en incongruencia omisiva, cuando en alzada planteó la omisión indebida y arbitraria en la valoración de la prueba y no así defectuosa valoración, por lo que se denunció defectos absolutos, que al no ser resueltos en alzada existe afectación al debido proceso, el derecho a la defensa y el principio de pertinencia de las resoluciones
- Por memorial presentado el 16 de enero de 2020, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el acusado Martín Vargas Fernández (fs
- Notificada la parte recurrente con el referido Auto de Vista el 9 de enero de
- II. SOBRE EL MOTIVO DEL RECURSO DE CASACIÓN
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- El recurrente, denuncia que el Auto de Vista al declarar la inadmisibilidad del recurso de
- Al efecto, el recurrente denuncia vulneración del derecho a la defensa, debido proceso y el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- FDO
- Secretario de Sala M.Sc. Abog. Rommel Palacios Guereca
