I.1.1 Sentencia
SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 138/2020
Sucre, 9 de marzo de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-PDO. 324/2019
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 78 a 79 vta., interpuesto por Tatiana Mónica Sejas Condori, en representación legal de la Zona Franca Comercial e Industrial Cobija (ZOFRACOBIJA), contra el Auto de Vista Nº 107/2019 de 10 de julio de fs. 74 y vta., pronunciado por la Sala Civil, Social, Familiar, Niña Niño y Adolescente, Contencioso y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso laboral seguido por Daniel Pardo Llanos, contra la institución demandada recurrente, contestación al recurso por parte del demandante de fs. 83 a 84 y vta., el auto de fs. 85, que concedió el recurso, el Auto Nº 317/2019-A de 9 de septiembre fs. 93 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia:
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad de la ciudad de Cobija-Pando, emitió la Sentencia Nº 116 018 de 12 de abril de 2018 de fs. 54 a 56, declarando probada en parte la demanda de fs. 10, sin costas, disponiendo que la institución demandada cancele a favor del actor, la suma de Bs. 32.337 por concepto subsidio de frontera
SEGUNDA
Auto Supremo Nº 138/2020
Sucre, 9 de marzo de 2020
Expediente: SC-CA.SAII-PDO. 324/2019
Distrito: Pando
Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs. 78 a 79 vta., interpuesto por Tatiana Mónica Sejas Condori, en representación legal de la Zona Franca Comercial e Industrial Cobija (ZOFRACOBIJA), contra el Auto de Vista Nº 107/2019 de 10 de julio de fs. 74 y vta., pronunciado por la Sala Civil, Social, Familiar, Niña Niño y Adolescente, Contencioso y Contencioso Administrativo del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dentro del proceso laboral seguido por Daniel Pardo Llanos, contra la institución demandada recurrente, contestación al recurso por parte del demandante de fs. 83 a 84 y vta., el auto de fs. 85, que concedió el recurso, el Auto Nº 317/2019-A de 9 de septiembre fs. 93 y vta., que admitió la casación, los antecedentes del proceso; y
CONSIDERANDO I:
I. 1. Antecedentes del proceso
I.1.1 Sentencia:
Que, tramitado el proceso laboral, el Juez de Partido de Trabajo y Seguridad de la ciudad de Cobija-Pando, emitió la Sentencia Nº 116 018 de 12 de abril de 2018 de fs. 54 a 56, declarando probada en parte la demanda de fs. 10, sin costas, disponiendo que la institución demandada cancele a favor del actor, la suma de Bs. 32.337 por concepto subsidio de frontera
- I.1.1 Sentencia
- En grado de apelación deducida por la parte demandada de fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en el fondo interpuesto por Tatiana Mónica Sejas
- Reiterando que de acuerdo a lo previsto en el art
- Con respecto al subsidio de frontera, sostuvo que, en base a la prueba aportada, como
- Así también, el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, mediante Oficio Nº 001972013 de
- Concluyó solicitando que, el Tribunal Supremo de Justicia, case el auto de vista recurrido, con
- Que, así planteado el recurso de casación, ingresando a su análisis en relación a los
- En base a lo expuesto precedentemente, se advierte que la entidad demandada pretende desconocer el
- En este entendido, al haberse evidenciado que el actor trabajó como funcionario dependiente de la
- Este Tribunal en casos similares, falló de la misma manera en los Autos Supremos Nos
- Consiguientemente y en merito a lo expuesto, no siendo evidentes las infracciones acusadas en el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez.
