Auto Supremo AS/0332/2020-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0332/2020-RA

Fecha: 31-Ago-2020

Del recurso de Mario Guillermo Willy Vera Vega.

1. Acusó que se violó su derecho a la defensa porque debió citársele por comisión, teniendo certeza que residen en la localidad de Coroico Nor Yungas de La Paz, que si bien se subsanó con su apersonamiento el 27 de mayo de 2019 pero no se subsanó la indefensión sufrida hasta esa fecha y que se embargó su inmueble sin existir sentencia firme, además que solo tuvo tiempo de 10 días para contestar la demanda.

2. Refirió que en el Auto de Vista de manera errónea asumió la teoría de los actos propios en forma errada, y debió aplicarse el principio nadie puede alegar a su favor su propia culpa y no la de los actos propios, ya que la parte actora no podría solicitar la nulidad del contrato porque conocía el vicio que invalidaba que fue manifestada en su demanda de fs. 43 a 45 vta. y de fs 47 a 48, y que la falta de forma en el contrato es de responsabilidad de la actora que no asistió al notario pese a sus exigencias.