VISTOS:
VISTOS: Los recursos de casación cursantes de fs. 529 a 532 y 537 a 538, interpuestos por Bruno Gutiérrez Condori en representación legal del Gobierno Autónomo Municipal de Sica Sica, y por Marcelino C. Arratia Espinal en representación legal de Víctor Hugo Gonzales Villafuerte y otros, respectivamente, impugnando el Auto de Vista Nº 148/2019 de 4 de octubre (fs. 522 a 524), pronunciado por la Sala Social, Administrativa, Contenciosa y Contenciosa Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso social por pago de beneficios sociales, seguido por Víctor Hugo Gonzales Villafuerte y otros contra el Gobierno Autónomo Municipal de Sica Sica, las respuestas de fs. 535 y vta. y de 541 y vta. de ambas partes, el Auto N° 73/2020 de 10 de marzo cursante de fs. 542 que concedió los recursos; los antecedentes del proceso, y
- SALA CONTENCIOSA Y CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA, SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
- SEGUNDA
- Auto Supremo Nº 251/2020-A
- Sucre, 7 de septiembre de 2020
- Expediente: SC-CA.SAII-LPZ 251/2020
- Distrito: La Paz
- Magistrado Relator: Dr. Ricardo Torres Echalar
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- el examen de admisibilidad,
- CONSIDERANDO II:
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
