1.
1. Con base en la demanda cursante de fs. 36 a 40, Gildaro Choque Ramírez representado por Rosa Ignacio Montan inició el proceso ordinario de cumplimiento de obligación de pago de Bs. 93.000, por los trabajos realizados en la construcción del puente “Arco Iris” ubicado en el municipio de Puerto Villarroel en la localidad de Alto San Pablo de la Provincia Chapare , contra Ana Patricia Méndez Vargas quien una vez citada, mediante memorial de fs. 152 a 154 vta., contestó negativamente la demanda y planteó acción reconvencional de resolución de contrato por incumplimiento, más resarcimiento del daño; desarrollándose de esta manera la causa hasta pronunciarse la Sentencia N° 27/2018 de 27 de febrero de fs. 327 a 330, donde el Juez Público Civil y Comercial 24º de la ciudad de Cochabamba, declaró: IMPROBADA la demanda de 06 de septiembre de 2017, e IMPROBADA la excepción opuesta por la parte demandada, a cuyo efecto se declaró no haber lugar a la condenación de costas y costos.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 1056/2021-RA
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- Fragmento 21
- a)
- b)
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
