a)
a) Que en el domicilio motivo del proceso solo vive la demandada Marilu Estrada y Celso Estrada ya que nadie más puede caber en ese cuarto de tres por tres, empero ahora hacen aparecer un supuesto marido e hijo, que se presentan en apelación de la Sentencia quienes tendrían que tomar el proceso en la fase en la que se encuentre y no así hacer que la autoridad jurisdiccional retrotraiga el proceso por el hecho de que estas personas no fueron demandadas, motivo por el cual no se consideró que la recurrente es propietaria del inmueble desde el año 2018.
Fundamentos por los cuales solicitó la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de Vista.
Por las consideraciones expuestas, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo en consecuencia su análisis y resolución conforme a derecho.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 1069/2021-RA
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Fragmento 7
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- a)
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
