1.
1. Mediante memorial de demanda cursante de fs. 96 a 100 vta., subsanado a fs. 108 y vta., y a fs. 115 y vta., Raúl Antonio Bustillo Zamorano y Gloria Jeannette Valencia Piérola iniciaron proceso ordinario de nulidad de documento , contra la Unidad de Titulación del FONVIS, Errol Neil Caussin Daza e Ivette Cecilia Torrez Sanjinés, quienes una vez citados, la Unidad de Titulación del FONVIS no contestó dentro el plazo establecido y se le declaró rebelde, Errol Neil Caussin Daza e Ivette Cecilia Torrez Sanjinés tampoco comparecieron a efecto de asumir defensa y se les designó defensor de oficio conforme al Auto de 27 de marzo de 2013; a fs. 174 vta., desarrollándose de esta manera la cusa hasta pronunciarse el Auto Definitivo de 09 de marzo de 2020 cursante de fs. 365 a 366 vta., en el que la Juez Público Civil y Comercial 1º de la ciudad de Cochabamba se declaró sin competencia para conocer la pretensión deducida, y dispuso que la parte demandante acuda a la vía llamada por ley, y declaró PROBADA la excepción formulada por el representante de EX FONVIS.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- S A L A C I V I L
- Auto Supremo: 1073/2021-RA
- Fecha:
- Expediente:
- Partes:
- Proceso:
- Distrito:
- VISTOS:
- CONSIDERANDO I:
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- 1.
- 2.
- 3.
- CONSIDERANDO II:
- REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO DE CASACIÓN
- 1. De la resolución impugnada.
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
- 3. De la legitimación procesal.
- 4. Del contenido del recurso de casación.
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- f)
- POR TANTO:
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
- Fragmento 29
