b)
b)Que el Ad quem no realizó un análisis de la documentación cursante en obrados donde claramente se evidencia que el folio real tiene delimitadas las colindancias y una de ellas es del abuelo de los recurrentes, extremo que fue omitido, dejando en indefensión a los mismos, más aun si se considera que el Juez de primera instancia no era competente para conocer el proceso dado que la demanda debe ser instaurada en el lugar de residencia del demandado y no así en el lugar de residencia del demandante.
