2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia cursante a fs. 190, se observa que la parte demandada ahora recurrente, fue notificada el 01 de marzo de 2021, y como el recurso de casación fue presentado el 12 de marzo del mismo año, tal cual se observa del timbre electrónico cursante a fs. 191, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los diez días hábiles.
