1. De la resolución impugnada.
Del análisis del Auto de Vista N° 020/2021 de 25 de marzo, cursante de fs. 477 a 483, se advierte que el mismo absuelve un recurso de apelación interpuesto contra una sentencia dictada dentro de un proceso ordinario de anulabilidad de documento privado de reconocimiento de deuda, lo que permite inferir que la resolución recurrida se encuentra dentro de los casos de procedencia que establece el art. 270 del Código Procesal Civil.
