ANTECEDENTES DEL PROCESO
ANTECEDENTES DEL PROCESO
Por Sentencia Nº 20/19 de 25 de octubre de 2013 (fs. 180 a 184), el Tribunal Sexto de Sentencia de la Capital del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a Mario Gutiérrez Villarroel, culpable de la comisión del delito de Uso de Instrumento Falsificado, sancionado por el Art. 203 del CP, imponiendo la pena privativa de libertad de tres años; y absuelto de los delitos de Falsedad Material y Falsedad Ideológica, previstos en los arts. 198 y 199 del CP.
Contra la mencionada Sentencia, el recurrente formuló recurso de apelación restringida (fs. 180 a 184 vta.), resuelto por Auto de Vista de Nº 48/19 de 20 de septiembre (fs. 197 a 201 vta.), dictado por la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que declaró improcedente su recurso de apelación, notificándose al recurrente el 6 de enero de 2020.
Por memorial presentado el 6 de enero de 2020 el recurrente solicita complementación y enmienda del Auto de vista (fs. 204), que fue resuelta por Auto de 7 de enero de 2020 (fs. 205 a 206), declarando no ha lugar la solicitud interpuesta, notificándose al recurrente el 15 de marzo de 2020 y el 19 de marzo de 2021 plantea el recurso de casación.
- TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
- SALA PENAL
- AUTO SUPREMO Nº 352/2021-RA
- Sucre, 30 de junio de 2021
- Expediente : Santa Cruz 79/2021
- Parte Acusadora :
- Parte Acusada :
- Delito :
- RESULTANDO
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- REQUISITOS LEGALES Y JURISPRUDENCIALES DE ADMISIBILIDAD DEL RECUROS DE CASACIÓN
- i)
- Sentencias Constitucionales 1112/2013 de 17 de julio, 0128/2015-S1 de 26 de febrero, 0326/2015-S3 de 27 de marzo y 064/2018-S4 de 20 de marzo
- IDENTIFICACIÓN Y ANÁLISIS DE ADMISIBILIDAD DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
- III inc. i)
- POR TANTO
- INADMISIBLE
- Regístrese, hágase saber y devuélvase.
- Magistrada Dra. María Cristina Díaz Sosa
