2. Del plazo de presentación del recurso de casación.
Emitida la resolución recurrida (auto de vista), así como el Auto complementario conforme se tiene de la notificación a fs. 590, se observa que la parte demandada, ahora recurrente, fue notificada el 15 de abril de 2021, y como el recurso de casación fue presentado el 29 de abril del mismo año, tal cual se observa del timbre electrónico cursante a fs. 591, haciendo un cómputo se infiere que el recurso de casación objeto de la presente resolución, fue interpuesto dentro del plazo previsto en el art. 273 del Código Procesal Civil, es decir dentro de los 10 días hábiles.
